Antecedentes
El Decreto Supremo N° 2785 de primero de junio de 2016, crea el Programa de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola.
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, suscribirá convenios intergubernativos con los gobiernos autónomos municipales, para la transferencia de maquinaria, equipos e implementos agrícolas, con la finalidad de que se implementen los “Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola”, para apoyar al desarrollo y fortalecimiento del sector agropecuario de los municipios, especialmente al sector agropecuario de las comunidades rurales más pobres y desfavorecidas de su territorio.
Corresponderá a los gobiernos autónomos municipales, prever en la formulación del Anteproyecto de Presupuesto Gestión 2017 y el Plan Operativo Anual, los recursos humanos y económicos, así como las actividades necesarias para garantizar el buen uso, mantenimiento, operación y sostenibilidad en el tiempo de la maquinaría agrícola transferida.
Los gobiernos municipales deberán elaborar un Reglamento de Administración y Manejo Técnico-Financiero (mantenimiento y operación) de la maquinaria agrícola recibida, bajo un permanente control social de lasPrograma de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola
Los gobiernos municipales deberán seleccionar a por lo menos tres funcionarios del municipio, para capacitarse en operación, mantenimiento y administración de maquinaria agrícola. Por otro lado, deben comprometerse a facilitar la maquinaria agrícola a los Institutos Técnicos Agropecuarios establecidos en el Art. 29 de la Ley N° 144 de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria y otras entidades de educación que se encuentren en su jurisdicción, con el objeto de coadyuvar en el desarrollo formativo y productivo.
Se programarán talleres regionales para la socialización del Programa.